TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL CAPITULO SEGUNDO - DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL
Artículo 41
(Exoneración).- Constituye exención o exoneración la liberación total o
parcial de la obligación tributaria, establecida por la ley en favor de
determinadas personas comprendidas en la definición del hecho generador.