ACTO INSTITUCIONAL Nº 8




Promulgación: 01/07/1977
Publicación: 06/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 18
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES ESPECIALES Y COMUNES

Artículo 45

 Es competencia privativa del Ministerio de Justicia, realizar también
bajo su responsabilidad, la política de planificación en la
racionalización administrativa dentro de los cuadros funcionales que
dependen de él jerárquicamente.
Referencias al artículo
Ayuda