La justicia administrativa será ejercida por el Tribunal de lo
Contencioso Administrativo y Juzgados Letrados de 1ª Instancia de lo
Contenciosos Administrativo.
La actividad jurisdiccional de la justicia administrativa importa el
ejercicio de un poder propio de decisión, soberano e independiente, aún
cuando en el plano de la actividad administrativa exista una línea
funcional de jerarquización orgánica que nace en el Poder Ejecutivo y
sigue hasta el órgano de grado inferior de la justicia respectiva, en
cuanto no afecte a aquélla.