PODER EJECUTIVO
Fe de erratas publicada/s: 22/07/1977.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo conocerá en instancia única en materia de contencioso anulatorio, en las mismas situaciones jurídicas actualmente vigentes, debiendo ajustarse los trámites a la ritualidad procesal fijada en el artículo siguiente y sin perjuicio del desarrollo legal de los procedimientos.Ayuda