PODER EJECUTIVO
Fe de erratas publicada/s: 22/07/1977.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo tendrá en lo pertinente, las facultades atribuidas a la Corte de Justicia en los artículos 6º, incisos 2º, 3º, 5º, 6º, 7º, 9º a 13. Es aplicable a las proposiciones, lo dispuesto en el artículo 17.Ayuda