Fecha de Publicación: 06/07/1977
Página: 41-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Fe de erratas publicada/s: 22/07/1977.

Artículo 45

   Es competencia privativa del Ministerio de Justicia, realizar también 
bajo su responsabilidad, la política de planificación en la 
racionalización administrativa dentro de los cuadros funcionales que 
dependen de él jerárquicamente.

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