Decreto Departamental de Maldonado N° 3622/990
GASTOS E INVERSIONES 1990-1994
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art.162º) Modifícase el Artículo 4 del Decreto 3258 y artículo 12 del Decreto 3076, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
"Todo funcionario Municipal que realice tareas de carácter inspectivos en el control del cumplimento del los Decretos, Ordenanzas, Reglamentos y Disposiciones de carácter administrativo, percibirán una compensación proporcional a las multas que aplique por infracciones debidamente comprobadas:-
25% sobre infracciones y contravenciones en general.
50% sobre defraudación tributaria".-
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