Art.169º) Facúltese a la Intendencia Municipal a actualizar las tasas por los distintos servicios que brinda, en el mismo porcentaje de incremento que se determine para los salarios se sus funcionarios y en las mismas oportunidades.-
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.764/002 de 28/05/2002 artículo 25.Ayuda