GASTOS E INVERSIONES 1990-1994


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Art.56º) se considera valor imponible el que resulte de la rtasación de la tierra y las mejoras en estrecha relación con los valores actualizados del mercado inmobiliario.-


(*)Notas:
Derogado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 59.
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