Decreto Departamental de Maldonado N° 3718/997
ORDENANZA GENERAL DE CONSTRUCCIONES (TONE)
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art.246°) Salientes.- Se admitirán en toda el sector José Ignacio, salientes y cuerpos salientes de hasta 1,50 mts., en toda la extensión del volumen edificado en planta alta, sobre las fachadas principal y posterior con una altura mínima de 2,40 mts. sobre el nivel natural del terreno, no resultando computables en el F.O.T., cuando se trate de terrazas abiertas en tres de sus lados y computables en un 50%, cuando se trate de terrazas abiertas en dos de sus lados.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.927/014 de 25/03/2014 artículo 66.
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