Decreto Departamental de Maldonado N° 3727/998
ADECUACIÓN PRESUPUESTAL EJERCICIOS 1998 Y 1999
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art.13º) Exoneración: La comercialización de sustancias gravadas cuyo proceso de producción se cumpla en el Departamento de Maldonado, estará exonerada del pago de la tasa por los insumos y materias primas empleadas y por sus productos terminados. Todo ello sin perjuicio de que deberán observar los mismos controles a que se somete a las sustancias gravadas.-
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.829/007 de 12/09/2007 artículo 4.
Ayuda