PRESUPUESTO QUINQUENAL PERÍODO 2006-2010


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 02.058/006 de 25/05/2006.
Art.53º) El régimen horario general de los escalafones es el que a continuación se detalla:
a) Escalafón de Profesionales Universitarios: 6 horas diarias y 30 semanales.
El Intendente Municipal podrá autorizar una reducción de sus horarios, en cuyo caso la retribución será reducida en la misma proporción.
b) Escalafón Especializado: 6 horas diarias y 30 semanales.
En el subescalafón Músicos, la carga horaria semanal podrá distribuirse en menor cantidad de días laborables, de acuerdo a la programación de sus actividades, sin que ello implique una reducción de la carga horaria semanal preestablecida.
c) Escalafón Administrativo: 6 horas diarias y 30 semanales. En el caso del grado 13A se deberá cumplir una carga horaria mínima de 7 horas diarias y 35 semanales.
d) Escalafón Docente: El horario dependerá de las clases o actividades que tenga a su cargo, con un máximo de 140 horas mensuales.
e) Escalafón Inspectivo: 40 horas semanales
f) Escalafón Obrero: 42.50 horas semanales.
g) Escalafón de Servicios Auxiliares: 40 horas semanales.
h) Escalafón Guardavidas: 140 horas mensuales.


(*)Notas:
Literal d) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008 artículo 21.
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