PRESUPUESTO QUINQUENAL PERÍODO 2006-2010


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 02.058/006 de 25/05/2006.
Art.82º) La designación de personal contratado quedará prohibida salvo excepciones por estrictas necesidades de servicio, las que se adoptarán por resolución fundada del Intendente Municipal, habilitando los mecanismos de selección y calificación adecuados según cada caso, dando cuenta a la Junta Departamental dentro de los 30 (treinta) días de dictada.
Dichas asignaciones se harán tomando en cuenta los siguientes extremos:
a. Se deberá hacer un llamado público previo indicando las características de los cargos y condiciones que deberán llenar los posibles postulantes.
b. En los casos en que los cargos a proveer no necesiten ninguna capacitación especial, los ingresos se harán por sorteo ante Escribano Público.
c. En las restantes situaciones los ingresos se harán mediante pruebas de aptitud y/o concurso de oposición y méritos, evaluados por un Tribunal que asegure a los patrocinantes la imparcialidad y objetividad de sus fallos.
d. La edad no será motivo de exclusión para el ingreso en tanto se reúna el resto de las condiciones requeridas para el cargo.


(*)Notas:
Agrega literal d) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008 artículo 11.
Literal c) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008 artículo 23.
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