Decreto Departamental de Maldonado N° 3829/007
MODIFICA DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 3727/1998 Y SU COMPLEMENTARIO Nº 3759/2001 - TASA BROMATOLÓGICA
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Artículo 2º) Modifícase el Artículo 11º del Decreto Departamental Nº 3727 del 29 de octubre de 1998, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 11º) Destino: El producido de dicha tasa se aplicará a solventar todos los servicios de contralor, inspección, examen, traslados, equipamiento del laboratorio y demás gastos que se originen con el fin de garantizar al salud pública en cumplimiento de los cometidos de policía sanitaria asignados por la ley a los Municipios”.-
(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.727/998 de 07/10/1998 artículo 11.
Ayuda