MODIFICA DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 3727/1998 Y SU COMPLEMENTARIO Nº 3759/2001 - TASA BROMATOLÓGICA


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 3º) Modifícase el Artículo 12º del Decreto Departamental Nº 3727 del 29 de octubre de 1998, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 12º) Sujetos pasivos: son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas respecto de la cual se verifica el hecho generador. Son responsables solidarios al pago los importadores, fabricantes, envasadores, representantes , mayoristas, distribuidores, transportistas y revendedores”.-

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.727/998 de 07/10/1998 artículo 12.
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