PRESUPUESTO QUINQUENAL PARA EL GOBIERNO DEPARTAMENTAL ( 2011-2015) - CONFIRMATORIO.


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 110) Los funcionarios presupuestados que en cumplimiento de las disposiciones para la promoción establecidas precedentemente pasen a desempeñen tareas que correspondan a grados o niveles superiores, de acuerdo a las normas que definen las distintas clases de cargos, percibirán una Compensación por Tarea Diferente al Cargo equivalente a la diferencia entre su grado presupuestal y el que corresponda a la función.
La “Compensación por Tarea diferente al Cargo” recibirá aumentos en el mismo porcentaje que el básico y se reducirá cuando el funcionario sea ascendido en un monto equivalente a la diferencia de retribución que le signifique el ascenso, desapareciendo una vez que se haya absorbido íntegramente, se pierdan las condiciones para el ejercicio del cargo o se dejen de cumplir las tareas que motivaron el pago. La Intendencia Departamental reglamentará las condiciones para hacer efectivo el pago.

(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.947/016 de 12/07/2016 artículo 57.
Ayuda