PRESUPUESTO QUINQUENAL PARA EL GOBIERNO DEPARTAMENTAL ( 2011-2015) - CONFIRMATORIO.


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 137) Modifícase el literal a) del artículo 31º del Decreto 3622/90, que quedará redactado como sigue: “Cuando el área del predio supere los 7.000 metros cuadrados, el exceso de superficie por encima de tal límite quedará exento del pago.”

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.622/990 de 21/09/1990 artículo 31 Literal a).
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