PRESUPUESTO QUINQUENAL PARA EL GOBIERNO DEPARTAMENTAL ( 2011-2015) - CONFIRMATORIO.


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 51) La retribución de la clase de cargos 10U operará como tope máximo al que pueden llegar las retribuciones sujetas a montepío de los funcionarios cuya clase de cargos tenga una retribución mensual asignada inferior a la antes mencionada. En el caso de los funcionarios del Escalafón de Profesionales Universitarios se fija como tope la retribución de la clase de cargos siguiente. El tope para la clase de cargos 12U será la retribución de la clase de cargos 13A.

(*)Notas:
Modificado/a por:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 43,
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.947/016 de 12/07/2016 artículo 21.
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