PRESUPUESTO QUINQUENAL 2016-2020


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 50º. Modificase el artículo 41º del Decreto Departamental Nº 3881, el que quedará redactado en los siguientes términos:
“Artículo 41º) Los funcionarios pertenecientes al escalafón Inspectivo que realicen tareas en los puestos de control de Tasa Bromatológica del Departamento, percibirán una compensación del 3% de los ingresos del rubro efectivamente cobrado que se distribuirán a prorrata en función de los días efectivamente trabajados”.

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.881/011 de 26/07/2011 artículo 41.
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