Decreto Departamental de Maldonado N° 3947/016
PRESUPUESTO QUINQUENAL 2016-2020
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Artículo 60º. Establécese que las primas establecidas en los artículos 49º y 53º del Decreto Departamental Nº 3881 quedarán sin efecto con la entrada en vigor del presente Decreto Departamental, a efectos de dar cumplimiento a lo acordado en el Capítulo I, numeral 7, del Convenio Colectivo vigente para el período 2016-2020. En ningún caso dichas primas se abonarán desde la oportunidad antes referida, reputándose reasignadas de conformidad a lo previsto en dicho Convenio.
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