Decreto Departamental de Maldonado N° 4036/021
PRESUPUESTO QUINQUENAL 2021-2025
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.782/022 de 28/10/2022,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 06.747/021 de 04/10/2021.
Artículo 97°) Modificase el artículo 2º del Decreto Departamental Nº 3870/2010 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los propietarios de inmuebles cuyo valor de suelo se vea incrementado por la causa anterior, deberán abonar a la Intendencia un monto compensatorio resultante de la mayor edificabilidad (ocupación o altura) en aplicación de la nueva normativa o de la entrada en vigencia de la nueva categorización de suelo. Para las actuaciones en programas estatales o de vivienda de interés social, públicas o privadas, la Intendencia podrá renunciar a ejercer el derecho, en forma debidamente fundada, hasta por el total del monto compensatorio. La exoneración se otorgará siguiendo el procedimiento establecido en las normas vigentes”.
(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.870/010 de 11/05/2010 artículo 2.
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