PRESUPUESTO QUINQUENAL 2021-2025


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.782/022 de 28/10/2022,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 06.747/021 de 04/10/2021.
Artículo 98°) Modificase el artículo 3º del Decreto Departamental Nº 3870/2010 el que quedará redactado de la siguiente manera: “La participación se materializará:

a) mediante la cesión por el propietario de suelo a la Intendencia, de inmuebles libres de cargas de cualquier tipo. La Intendencia incorporará de inmediato los inmuebles mencionados a la Cartera de Tierras. En el caso del Retorno por Mayor Valor Suelo la cesión antedicha no podrá ser menor a una superficie de 1% del área del sector a intervenir. El lote resultante deberá tener superficie y frente iguales o superiores a los mínimos admitidos para la zona.

b) mediante el pago en efectivo equivalente al aporte pertinente. Los recursos en dinero sólo podrán hacerse efectivos con cargo al Fondo de Gestión Territorial.

c) obras de infraestructura de carácter social”.

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.870/010 de 11/05/2010 artículo 3.
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