CONFIRMATORIO DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 4114/2025 - REFERENTE A PRESUPUESTO DEPARTAMENTAL 2026-2030


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 1º) Acéptanse las observaciones efectuadas por el Tribunal de Cuentas, en su Dictamen Constitucional del 20 de noviembre de 2025. (31 votos en 31)

Artículo 2º) Respecto a las observaciones expresadas en los numerales 2.2), 2.3), 3.2) y 3.4) instrúyase al Ejecutivo Departamental a realizar las correspondientes correcciones, reasignaciones, ampliaciones de informaciones y agregación de documentos, y en su caso, realizar las economías pertinentes, en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza Nº 71 del Tribunal de Cuentas. (31 votos en 31)

Artículo 3º) El Artículo 18º del Decreto Departamental N.º 4114/2025 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 18º) 18.1 Habilítase a partir del 1º de enero de 2026 una partida total de hasta $ 7.000.000 (pesos uruguayos siete millones) anuales, con destino a abonar una compensación especial, hasta el 31 de diciembre de 2030, al personal que desempeñe tareas efectivas de recolección manual de diseminación de residuos en Municipios, electromecánica, sanitaria y otras de especiales características que se establezcan en la negociación colectiva y por decreto presupuestal atendiendo a las necesidades del servicio.

18.2 El Ejecutivo Departamental reglamentará el monto individual, las categorías y las condiciones para hacer efectivo el pago de dicha compensación, previa instancia bipartita con ADEOM.

18.3 De la ejecución de la partida se informará en mesa bipartita el monto ejecutado y los beneficiarios.

18.4 Deberá tenerse presente en vía reglamentaria que el monto de la partida será $ 3920 nominales mensuales.

18.5 Las cantidades antes referidas se expresan a valores del 31 de agosto de 2025 y se ajustarán conforme a lo previsto en el Artículo 15° del Decreto Departamental N° 4036/2021.(31 votos en 31)


(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.114/025 de 07/10/2025 artículo 18.
Artículo 4º) Téngase presente lo edictado en los numerales 2.4), 4.2), 5.4), 5.5), 5.7) y 5.8). (31 votos en 31)

Artículo 5º) Sanciónase en definitiva el Decreto Departamental Nº 4114/2025, Presupuesto Departamental para el Período 2026-2030, con las modificaciones establecidas precedentemente. (22 votos en 31)

Artículo 6º) Pase al Ejecutivo Departamental a todos sus efectos, requiriéndose que una vez instrumentadas las respectivas correcciones, remita copia de las mismas a conocimiento de la Junta Departamental. Declárase urgente. (31 votos en 31)

Verónica Robaina
Presidente

Susana Hualde
Secretaria General
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