(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 9.943 de 20/07/1940 artículo 14 Literal B).
Derógase el artículo 33 de la ley número 9943, de fecha 20 de Julio de 1940.
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - JAVIER MENDIVIL