DEFENSA NACIONAL. ORGANIZACION




Promulgación: 18/06/1942
Publicación: 22/07/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 639
Referencias a toda la norma

TITULO V 
Obligatoriedad del servicio personal

Artículo 42

   También cesarán en el cargo los funcionarios u obreros de cualquier organismo de la Administración Pública (del Estado, Municipios, Entes 
Autónomos, Servicios Descentralizados, etc.), inmiscuídos en ataques o 
actividades contrarias al interés de la República y sus instituciones 
democráticas republicanas, una vez que la comprobación judicial se haya 
producido.
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