Toda persona obligada a asistir a un ejercicio de Defensa Pasiva o una sesión de instrucción obligatoria, debe informar a su Jefe de formación, con debida anticipación, si no pudiera concurrir a él justificadamente.
En caso de no justificación, el funcionario u obrero público será pasible
de un descuento de medio jornal o medio día de sueldo. La reincidencia podrá traer aparejadas suspensiones mayores y hasta ser motivo de la destitución del cargo.