Las personas cuya instrucción sea suficiente, a juicio de los Jefes de
Servicios, podrán ser dispensadas de asistir a ciertas sesiones o clases,
pero nunca a los ejercicios de conjunto. Para los primeros se tendrá que
probar competencia, previo examen, cuyas modalidades y organización serán
impartidas por la Dirección General de Defensa Pasiva.