TABLADA NACIONAL. CREACION




Promulgación: 24/07/1942
Publicación: 04/08/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 849
Referencias a toda la norma

Del traslado de las tabladas: la "Tablada nueva y su financiación"

Artículo 12

   Amplíase en la suma de dos millones ocho cientos mil pesos ($ 2.800.000.00) la "Deuda Obras Públicas 1940", creada por la ley número 9953, de Setiembre 4 de 1940, cuyo producido se destinará:

   a) A rescatar, al tipo de 95%, el saldo actual de la Deuda "Bonos de 
      Construcción del Camino de la Tablada al Cerro", incluída en la 
      serie A) de la Conversión 1937 (ley número 7720, de Junio 16 de 1920 
      y ley número 7447, de Diciembre 21 de 1921); y
   b) El saldo al pago del precio de expropiación, de los inmuebles a que 
      ser refiere el artículo anterior y del costo de las obras y
      construcciones necesarias para la organización de la nueva "Tablada 
      Nacional". (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 13 Derogada/o y 14.
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