TABLADA NACIONAL. CREACION




Promulgación: 24/07/1942
Publicación: 04/08/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 849
Referencias a toda la norma

Disposiciones generales

Artículo 17

   El Ministerio de Ganadería y Agricultura estudiará los sistemas más convenientes para la regularización de entrada de ganados, quedando el Poder Ejecutivo autorizado para dictar, sobre el particular, los reglamentos que considere necesarios.
   El Banco de la República prestará su cooperación en tanto su intervención sea necesaria a los mismos fines indicados.
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