Todas las denuncias de infracciones aduaneras serán hechas por escrito a la autoridad de sumario; contendrán el nombre y el domicilio del denunciante a todos los efectos del juicio; una relación sucinta de los hechos constitutivos de la infracción; el nombre y domicilio de los denunciados, si fuere posible y la firma de quien formula la denuncia. Si ésta es realizada por un particular, deberá ratificarla ante la autoridad sumariante. (*)