DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y ADMINISTRACION DE INMUEBLES NACIONALES. PRESUPUESTO




Promulgación: 04/12/1942
Publicación: 22/12/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 1571

Artículo 3

   Quedan en vigencia las partidas de $ 55.000.00 y de $ 30.000.00 creadas por el artículo 3º de la ley de Presupuesto del ejercicio 1938, para atender los gastos y compensaciones del personal que origine a la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales, la prosecución de la obra catastral de la propiedad en el interior de la República y la revisión de aforos inmobiliarios en el Departamento de Montevideo. De la partida de $ 55.000.00 se destinarán $ 45.000.00 para la contratación de los trabajos de catastro a realizarse en los centros urbanos y suburbanos en los que aún no se ha realizado esa obra y $ 10.000.00 para conservar lo realizado y atender las nuevas subdivisiones por urbanización y de la partida de $ 30.000.00, $ 20.000.00 serán destinados exclusivamente para el reaforo, y los $ 10.000.00 restantes para atender en carácter de extraordinario los expedientes acumulados, sucesorios y de contribución inmobiliaria de la Capital e Inspecciones por sucesorios de campaña.
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