CREACION DE IMPUESTO. ARTICULOS DE PERFUMERIA Y DE TOCADOR




Promulgación: 17/12/1942
Publicación: 04/01/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 1643

Artículo 17

   Cuando sean detenidos objetos cuyo decomiso proceda y cuya procedencia se ignore, sea por no conocer a su dueño o por no comparecer éste a la Dirección General de Impuestos Internos dentro del plazo de treinta días a contar de la fecha de la detención, dichos objetos se adjudicarán al denunciante.
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