Decreto Ley N° 10307
CODIGO CIVIL. CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. MODIFICACION
Promulgación: 05/01/1943
Publicación: 16/01/1943
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1943
- Página: 10
Artículo 7
Si existiera saldo, el Juez ordenará se deposite en la Dirección de Crédito Público a la orden del Juzgado.
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