INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 18/01/1943
Publicación: 01/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 70
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV
De las consultas previas

Artículo 51

   Las resoluciones que se dicten en estas consultas serán exhibidas con las muestras, si fuere posible, por el término de diez días, en la Visturía respectiva y publicadas en el "Boletín Aduanero". (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 69.
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