INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 18/01/1943
Publicación: 01/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 70
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII
De la movilizacion de mercaderías por vía terrestre

Artículo 88

   La guía caduca a los doce meses. Es obligatoria la devolución a la Dirección Receptorías al efectuarse el retorno total o parcial de las mercaderías y efectos; el incumplimiento de ese requisito dará lugar a que no se expida ningún otro documento similar al omiso.
Ayuda