Todo funcionario aduanero que tenga conocimiento de un hecho que pueda constituir infracción comprendida en el decreto-ley que se reglamenta, está obligado a denunciarlo.
Si la irregularidad tiene relación con actos propios de su actividad administrativa, debe presentar la denuncia a su superior inmediato, a fin de que la eleve a la Dirección General de Aduanas por intermedio de la División Escribanía.
En los demás casos, puede formularla directamente a la División Escribanía.
Cuando la denuncia sea presentada por un particular o por funcionario de otra repartición, la entregará en la División Escribanía y podrá exigir se le expida recibo de la misma, en el que se haga constar la fecha y hora de la presentación.