INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 18/01/1943
Publicación: 01/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 70
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII
Del procedimiento

Artículo 93

   Practicadas esas diligencias, se pondrá el expediente de manifiesto a los efectos determinados en el artículo 26 del decreto-ley.
   En esta oportunidad podrán las partes observar la liquidación practicada. Si no la impugnaran, se dictará un auto expreso aprobándola.
   Si fuere cuestionada, se resolverá el artículo antes de pasar a plenario.
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