FIJACION DE IMPUESTO. ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS




Promulgación: 19/01/1943
Publicación: 29/01/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 100
Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de 
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto 
autorizaciones especiales).
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   El impuesto interno que grava a los alcoholes potables destinados a la fabricación de bebidas en general y los utilizados por los farmacéuticos para usos clínicos y medicinales, así como los destinados para la fabricación de productos industriales, queda fijado en ochenta y cinco centésimos por litro ($ 0.85).

BALDOMIR - JAVIER MENDIVIL
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