Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto
autorizaciones especiales).
El alcohol y las bebidas alcohólicas estancadas, antes de ser libradas a la venta, deberán, también, analizarse por la Ancap, a los efectos de su caracterización, siguiéndose el procedimiento administrativo establecido para los vinos, y por procedimientos analíticos que serán determinados en la reglamentación de este decreto-ley.