FIJACION DE IMPUESTO. ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS




Promulgación: 19/01/1943
Publicación: 29/01/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 100
Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de 
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto 
autorizaciones especiales).
Referencias a toda la norma

Artículo 21

   A partir de un año desde la fecha de la promulgación de este decreto-ley, se prohibirá la circulación y existencia en el comercio de cualquier bebida alcohólica, de producción nacional o importada, en envases mayores de un litro, permitiéndose únicamente la circulación de envases de mayor cantidad, en tránsito de la fábrica o de la Aduana hasta el local donde se realice el fraccionamiento por el fabricante o importador y con arreglo a las formalidades que determine el Poder Ejecutivo. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 10.587 de 22/12/1944 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 33.
Referencias al artículo
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