Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto
autorizaciones especiales).
Los alcoholes potables utilizados en la corrección y alcoholización de vinos comunes, en las condiciones que establece la ley de Vinos, abonarán por impuesto interno, veinte centésimos ($ 0.20) por litro.