Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto
autorizaciones especiales).
Son delitos conexos al contrabando y a la defraudación:
A) La falsificación o suplantación de documentos públicos, de marcas,
sellos o de cualquier otro signo peculiar del Estanco, cometida para
verificar, encubrir y excusar los delitos de contrabando y
defraudación.
B) El robo o hurto de productos estancados cometido en las fábricas o
depósitos y dependencias de la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland.
C) El soborno y la resistencia contra la autoridad o sus agentes que
tenga por objeto la perpetración de los mismos delitos. (*)