Reglamentada por: Decreto S/N de 28/05/1943.
Ver: Ley Nº 16.753 de 13/06/1996 artículos 6 (deroga régimen de
caracterizaciones de bebidas alcohólicas) y 11 (deja sin efecto
autorizaciones especiales).
La defraudación será penada con multa de diez pesos por litro o fracción de litro.
En el caso que concurra la circunstancia prevista en el final del inciso A) del artículo 33, esta pena será reducida a la mitad. (*)