GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. CAMINERIA




Promulgación: 22/01/1943
Publicación: 06/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 128

Artículo 15

   La toma de personal obrero para la construcción de las obras dispuestas por este decreto-ley, se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la ley número 9.953, del 4 de Setiembre de 1940.
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