GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. CAMINERIA




Promulgación: 22/01/1943
Publicación: 06/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 128

Artículo 16

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir una deuda denominada "Nacional para obras departamentales" de cinco por ciento de interés y uno por ciento de amortización acumulativa, con el objeto de colaborar con los Municipios departamentales en obras de progreso local.
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