Sustitúyese el Item 11.01 (Ministerio de Ganadería y Agricultura) en la parte de retribución de servicios personales, por el siguiente:
1 Ministro $ 7.200.00
1 Subsecretario " 5.217.36
1 Director General de Secretaría " 6.000.00
1 Director Administrativo " 3.360.00
2 Técnicos de Investigaciones Económicas a
$ 2.880.00 cada uno " 5.760.00
4 Jefes de Sección a $ 2.880.00 cada uno " 11.520.00
5 Subjefes a $ 2.160.00 cada uno (se suprime
uno al vacar) " 10.800.00
4 Oficiales 1os. a $ 1.920.00 cada uno " 7.680.00
4 Oficiales 2os. a $ 1.680.00 " 6.720.00
4 Oficiales 3os. a $ 1.440.00 " 5.760.00
1 Auxiliar - Taquígrafo " 1.440.00
1 Encargado de Comisiones Honorarias " 1.440.00
4 Auxiliares 1os. a $ 1.200.00 cada uno " 4.800.00
6 Auxiliares 2os. a $ 1.080.00 cada uno " 6.480.00
4 Auxiliares 3os. a $ 960.00 cada uno " 3.840.00
1 Contador " 2.880.00
1 Conserje " 1.200.00
1 Conserje 2º " 960.00
6 Porteros a $ 840.00 cada uno " 5.040.00
2 Chauffeurs a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00
1 Telefonista " 840.00
Suprímense los siguientes puestos con cargo a las planillas que se detallan:
1 Auxiliar (proventos del Servicio Oficial
de Distribución de Semillas) $ 1.200.00
1 Auxiliar (Proventos del Servicio Oficial
de Distribución de Semillas) " 780.00
1 Auxiliar (artículo 18, inciso J) de la
ley número 9.538) " 720.00
1 Auxiliar (artículo 18, inciso D) de la
ley número 9.538) " 600.00
1 Auxiliar (Artículo 18, inciso E) de la
ley número 9.538) " 600.00
1 Jornalero (Item 11.03, Partida 1.04.
Jornales) " 600.00
1 Portero (Proventos del Servicio Oficial
de Distribución de Semillas) " 840.00
1 Portero (ítem 11.01 Partida 2.07
Limpieza y Aseo) " 540.00
1 Jornalero (Proventos de la Sección
forestal $ 600.00 E) Item 11.01. Partida
2.02 Locomoción y Viáticos $ 120.00) " 720.00
1 Jornalero (Item 11.03. Partida 1.04
Jornales $ 240.00 E) Item 11.01. Partida
2.07. Limpieza y Aseo $ 300.00) " 540.00
1 Chauffeur (Proventos del Servicio Oficial
de Distribución de Semillas) " 960.00
Las partidas suprimidas por este artículo serán disminuidas de los rubros a que eran imputados.
Los cargos vacantes correspondientes a las jerarquías de Jefes, Subjefes y Oficiales 1os, serán provistos mediante concurso de méritos, y, en el caso que éste fuere declarado desierto, por concurso de oposición, llamándose a tal fin a aspiraciones dentro del personal actual de la Secretaría del Ministerio de Ganadería y Agricultura.
En el caso de que la provisión no pudiere verificarse en los términos dispuestos, por no haber acreditado los concursantes suficientes condiciones a juicio del Tribunal respectivo, la vacante de que se trate será provista mediante llamado a concurso público de oposición.
Asimismo, se proveerán por concurso de oposición las vacantes que resulten después de realizado el movimiento a que dé lugar el ascenso del personal de dicha Secretaría de Estado, actualmente en funciones.