COMISION NACIONAL DE EDUCACION FISICA. MODIFICACION. COMETIDOS




Promulgación: 13/02/1943
Publicación: 06/03/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 619
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Las autoridades directivas de la Educación Física estarán constituidas en la siguiente forma:
   Una Comisión Coordinadora de Educación Física, integrada de la siguiente manera:
   El Director General como Presidente, designado por el Poder Ejecutivo.      
   Un representante del Ministerio de Salud Pública (médico). 
   Un representante del Ministerio de Defensa Nacional (militar o marino).
   Un delegado del Consejo de Enseñanza Primaria y Normal.
   Un delegado del Consejo de Enseñanza Secundaria y Preparatoria.
   Un delegado del Consejo Directivo de la Universidad del Trabajo del Uruguay.
   Un delegado del Consejo del Niño.
   Un delgado de la Dirección General de Institutos Penales.
   Un delegado de la Intendencia Municipal de Montevideo.
   El Director técnico (sin voto) y el Jefe de la Oficina Administrativa, como Secretario (sin voto).
   Anualmente el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Coordinadora de Educación Física, designará al miembro de la misma que en carácter de Vicepresidente-Subdirector subrogará al Director General en caso de ausencia, excusación, impedimento o licencia, ejerciendo las facultades y atribuciones que aquél tiene asignadas.(*)

(*)Notas:
(inciso final) agregado/s por: Ley Nº 10.645 de 11/09/1945 artículo 1.

BALDOMIR - CYRO GIAMBRUNO
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