AUTORIZACION A LA "SOCIEDAD DE BANCOS", "BANCO DE COBRANZAS" Y "BANCO ALDAVE Y MARTINEZ", PARA APLICAR SOLUCIONES PARA SU SUPERVIVENCIA Y QUE BENEFICIEN LA ECONOMIA NACIONAL
Serán liquidadas administrativamente las siguientes empresas: "Banco
Mercantil del Río de la Plata", "Banco de Fomento Industrial y
Comercial", y sus respectivas colaterales. Estas últimas serán
determinadas según lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 34 de la ley
13.608, de 8 de setiembre de 1967.
La fecha de sus respectivas liquidaciones será determinada por el Poder
Ejecutivo.