AUTORIZACION A LA "SOCIEDAD DE BANCOS", "BANCO DE COBRANZAS" Y "BANCO ALDAVE Y MARTINEZ", PARA APLICAR SOLUCIONES PARA SU SUPERVIVENCIA Y QUE BENEFICIEN LA ECONOMIA NACIONAL




Promulgación: 23/12/1974
Publicación: 02/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1727
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Serán liquidadas administrativamente las siguientes empresas: "Banco
Mercantil del Río de la Plata", "Banco de Fomento Industrial y
Comercial", y sus respectivas colaterales. Estas últimas serán
determinadas según lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 34 de la ley
13.608, de 8 de setiembre de 1967.

La fecha de sus respectivas liquidaciones será determinada por el Poder
Ejecutivo.
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