LEY DE CREACION DE LA ADMINISTRACION DE LOS SEGUROS SOCIALES POR ENFERMEDAD




Promulgación: 22/07/1975
Publicación: 31/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 169
Reglamentada por: Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - RECURSOS FINANCIEROS

Artículo 35

ASSE propondrá al Poder Ejecutivo el procedimiento de recaudación de los
aportes que determinen los artículos anteriores y pago de los beneficios
respectivos a los asegurados de acuerdo a las características de cada
empresa o giro, volumen de actividad, organización contable y personal
empleado.

 Las empresas de las actividades comprendidas en la presente ley deberán
enviar a ASSE dentro de los quince primeros días de cada mes la
documentación que ésta requiera para el cumplimiento de sus fines, en la
forma y condiciones que determine la reglamentación. (*)
Referencias al artículo
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