La certificación hará responsable al banco girado frente al tenedor de
que, durante el período de presentación, tendrá fondos suficientes para
pagar el cheque.
Las palabras "visto bueno" u otras equivalentes, suscritas por el
girado, o la sola firma de éste, equivaldrán a la certificación.
El girado mantendrá afectada en la cuenta la cantidad
correspondiente al cheque certificado destinada a su pago, hasta que
transcurra el término de presentación.